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El Congreso del Estado, aprobó la iniciativa, donde se reformó el artículo 119 de la Ley de Protección a los Animales para el Estado de San Luis Potosí

  • Redacción
  • 31 jul 2025
  • 2 Min. de lectura

La legisladora en su exposición de motivos refiere que con el paso del tiempo, la huella del ser humano ha dejado marcada a la vida animal ya que se ha venido beneficiando de animales domésticos y silvestres, debido a que no solo los ha utilizado para consumirlos o como materia prima.

 

También, ha llevado a cabo acciones como ventas ilegales, se llegan a acciones como la reproducción masiva de mascotas para beneficiarse de las crías.

 

Martha Patricia Aradillas, advierte que en los últimos años, “la venta de animales a través de medios digitales ha experimentado un crecimiento exponencial, facilitando el acceso a mascotas y especies silvestres sin ningún tipo de control adecuado. Esta práctica ha dado lugar a múltiples problemas que afectan tanto al bienestar animal como a la seguridad y salud pública”.

 

Por ello, justificó que su iniciativa busca prohibir y sancionar la comercialización de animales en medios digitales, estableciendo medidas que promuevan una tenencia responsable y combatan el maltrato y la explotación animal.

 

Reconoció que actualmente nuestra legislación contempla en su artículo 89 como facultad de los Ayuntamientos, expedir licencias de funcionamiento lugares destinados a la crianza y venta de perros, gatos y otras mascotas, que incluya aquéllos no convencionales; lugares en que únicamente se comercialicen; albergues; estéticas y lugares de entrenamiento, profesionistas del ramo; siempre y cuando quien lo solicite exhiba cédula profesional.

 

No obstante, el artículo 115 establece que los vendedores de animales domésticos o silvestres deberán acreditar y contar con el permiso respectivo de la autoridad competente. “Por el incumplimiento de esta disposición se impondrá una multa de 10 a de 100 días de UMAS. El permiso para comercializar animales domésticos lo expide un Ayuntamiento y para animales silvestres, la autoridad federal”.

 
 
 

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